Saltar navegación. Ir directamente al contenido principal

Comienza el contenido principal

ASINAS informa sobre el Plan Renove Gas 2025

  • 19 de octubre de 2025

La Asociación de Instaladores Asturias se encargará de tramitar las solicitudes.

La concesión de las subvenciones queda regulada por el Plan de actuación aprobado por Resolución del 2 de octubre de 2025 de la Consejería de Ciencia, Industria y Empleo (BOPA de 17/10/2025).

Condiciones

Las condiciones generales son:

  • Sustituir un aparato a gas por otro a gas (calentador o caldera de menos de 70 kW).
  • Que el aparato a retirar tenga más de 12 años de antigüedad o presente problemas de seguridad.
  • No haber efectuado la adquisición del aparato antes de solicitar la subvención.
  • Realizar la obra y presentar la solicitud de cobro en el plazo de dos meses desde la concesión de la ayuda.
  • Puede haber una o más facturas, al menos una de ellas debe de ser de instalador habilitado.
  • Que el pago del nuevo aparato y su instalación no sea en efectivo.

Solicitud

Se harán preferentemente por correo electrónico mediante envío a las direcciones establecidas para ello, entre ellas asinas@asinas.org. Una vez presentadas las solicitudes el usuario puede acometer la obra sin que sea necesario esperar a la contestación. Se le confirmará la concesión o denegación en el plazo máximo de 30 días tras la solicitud.

Se enviarán por correo electrónico:

  • Formulario Anexo I. Solicitud de concesión ayuda: datos del solicitante, firmado por el mismo y totalmente cumplimentado.
  • Formulario Anexo II. Solicitud de ayuda empresa instaladora: datos del instalador habilitado. Este formulario tiene por finalidad identificar al instalador de gas habilitado según categoría, quien actúa en representación de la empresa instaladora habilitada, ambas debidamente registradas conforme a la normativa vigente. Asimismo, deberá indicarse la situación actual de la instalación, el suministro de gas del nuevo aparato y el equipo de gas que será reemplazado.

Nota: En el caso de que el número de serie del aparato a retirar no sea visible se recomienda tomar una foto antes de desmontar el aparato, ya que, de no ser visible tampoco tras esa operación, será necesario presentar fotos del aparato antiguo y del nuevo en su lugar de emplazamiento final.

  • Presupuesto aceptado.
  • Copia del DNI del solicitante (anverso y reverso).
  • Documento de representación: En caso de que el usuario no disponga de firma electrónica puede delegar la presentación en alguien de su confianza que sí la tenga, en ese caso los documentos vendrán firmados de forma manuscrita por el usuario y electrónicamente por el representante/presentador. Se deberá de aportar firmado por ambos (manual el usuario y electrónica el representante). El representante/presentador puede ser el instalador, si bien en las direcciones de correo electrónico que hay que cumplimentar en el Anexo I, al menos una será ajena al instalador.

Presentación por correo postal.

Como opción pueden presentarse las solicitudes por correo ordinario, en ese caso todos los documentos incorporarán firmas manuscritas. La fecha y hora de entrada que se considerará será la del matasellos. No es necesario que el envío se realice por correo certificado, pero con ese sistema puede tener seguridad de entrega. SOLO SE ADMITE UNA SOLICITUD POR SOBRE, en el caso de que un mismo sobre contenga varias solicitudes todas ellas serán denegadas. (ver descripción detallada en el Plan de Actuación). En caso de que en algún envío de correos o sistema equivalente no figure la hora de entrada en la estafeta se entenderá que se ha realizado a las 24 horas.

Presentación presencial.

En este caso también se requiere que todos los documentos incorporen firmas manuscritas. Es imprescindible solicitar cita previa, que será en horario de 10:30 a 13:00 horas, según la disponibilidad de horarios de la/s oficina/s y condición establecida en el Plan.

Solicitud de cobro

Una vez finalizada la obra, y antes de trascurridos 2 meses desde la fecha de concesión, y siempre antes del 20 de diciembre, el usuario o su representante presentarán la solicitud de cobro y resto de documentos que justifiquen la ejecución de la obra y su abono.

En general, será necesario aportar:

  • Formulario Anexo III: Documento mediante el cual el instalador habilitado declara haber inutilizado el aparato de gas sustituido, identificando su número de serie, y certifica su entrega en un punto limpio autorizado, conforme a la normativa vigente sobre gestión de residuos. Deberá ser la misma empresa que presentó el documento de solicitud Anexo II.
  • Certificado bancario de titularidad de la cuenta en la que solicita el cobro, donde deben figurar: Nombre del banco, nombre completo y DNI/NIF del titular, el número de cuenta (IBAN y BIC), la fecha de expedición y el sello o firma digital del banco.
  • Factura o facturas justificativas: donde figure el coste elegible de la obra, siempre emitida en el ejercicio 2.025.

Nota: Al menos una de las facturas estará emitida por empresa instaladora habilitada y en ella se deberá de indicar el concepto "Instalación” de la caldera o calentador objeto de la ayuda, empresa que ha de ser coincidente con la empresa emisora de los Anexos II y Anexo III. Tanto el presupuesto, la factura, Anexos II y III deberán estar emitidos por la misma empresa instaladora que realice el cambio de equipo objeto de la subvención de este plan.

  • Justificante de pago de todas las facturas, (justificante bancario, tarjeta, etc.). No se admite el pago en efectivo. Solo serán subvencionables los pagos efectuados en el ejercicio 2025.
  • Certificado de puesta en marcha del aparato instalado. Solo se admiten certificados emitidos en el formato admitido por la Sección de Gases de la Consejería, al que se puede acceder a través de este enlace.

Solicitud de aplazamiento

En el caso de incumplimiento del plazo establecido de ejecución y justificación de 2 meses desde la fecha de concesión hasta un máximo del 31/12/2025, para la presentación de la solicitud de cobro y resto de documentos que justifiquen la ejecución de la obra y su abono, podrá solicitar ampliación de plazo según las condiciones establecidas en el apartado 5.4.7. del Plan.

“….la solicitud de ampliación será razonada e irá acompañada de la solicitud municipal de licencia de obras que deberá de haber sido presentada ante el ayuntamiento dentro del plazo de los 2 meses establecidos. La ampliación de plazo en ningún caso supondrá la extensión más allá de 5 meses desde la fecha de aprobación de la solicitud...”

“…la solicitud de ampliación será resuelta en el plazo de 20 días, si en ese plazo, el usuario no recibe confirmación favorable a su solicitud, deberá de entenderla como desestimada”.

Fin del contenido principal

  • Inicio del contenido