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Factura Electrónica: Un nuevo marco digital en las relaciones comerciales de empresas y autónomos en Asturias

  • 23 de noviembre de 2022
  • 4 min

Las empresas autónomos de la región tendrán que ir abandonando las facturas en papel, que no podrán utilizar en los próximos años, con distintos plazos de implementación en función de su volumen de facturación.

El 15 de septiembre de 2022 el Congreso de los Diputados aprobó la Ley Crea y Crece, que recoge esta normativa, y el pasado 29 de septiembre se publicó en el BOE. Esta normativa obliga a todas las empresas y autónomos a generar facturas electrónicas en sus relaciones comerciales con otras empresas y autónomos. Es importante destacar que esta normativa no es aplicable a la facturación de clientes particulares.

Este nuevo marco digital trae consigo una serie de ventajas para avanzar en la digitalización de nuestras administraciones públicas y en la manera en cómo las empresas y autónomos se relacionan con ellas. Recapitulemos los puntos más importantes.

¿Qué es una factura electrónica?

La factura electrónica es una alternativa legal a la factura tradicional en papel, teniendo los mismos efectos legales que una factura en papel, pero también los mismos requerimientos de expedición, legibilidad de los datos, autenticidad e integridad. Las herramientas que se usen para emitir este tipo de facturas estarán conectadas directamente a la Agencia Tributaria.

Plazo para su obligatoriedad

La norma establece un período de 6 meses desde la publicación de la ley para que las diferentes administraciones implicadas fijen los requerimientos técnicos y de información que debe incluir la factura electrónica. Estos aspectos van desde términos relativos al pago (fechas, periodos de pago…), los formatos admitidos o hasta los diferentes requerimientos que tienen que cumplir los proveedores de las diferentes soluciones tecnológicas (sobre todo la integración con la Agencia Tributaria).

Una vez definidas y publicadas estas especificaciones, las empresas de Asturias contarán con distintos plazos de implementación en función de su volumen de facturación:

  • Empresas con una facturación superior a los 8 millones de euros, disponen de un plazo de implementación de 1 año una vez aprobado el reglamento técnico.
  • Resto de Empresas cuya facturación sea inferior a los 8 millones de euros, el plazo de implementación se amplía a los 2 años tras la aprobación del reglamento técnico.

Ventajas de la factura electrónica

  • Simplificación de las relaciones comerciales para pymes y autónomos: Facilita el cobro y pago de las facturas al proporcionar inmediatez y su trazabilidad.
  • Seguridad: La factura electrónica incrementa la seguridad en los trámites al garantizar el origen de los documentos.
  • Sostenibilidad: Se produce un importante ahorro de papel (y todos los consumos de productos asociados) que se obtiene al no tener que imprimir ningún documento
  • Eficiencia: Las empresas ya no tiene que guardar en sus archivos los papeles de las facturas durante años, ocupando espacio y dinero. Además, al tener todas las facturas digitalizadas su gestión y acceso se simplifica.
  • Colabora en la digitalización de la empresa: El disponer de las facturas digitalizadas favorece su integración y por tanto el tratamiento y uso de los datos por otras herramientas de gestión de la empresa como pueden ser el ERP, CRM, herramientas BI...

Subvenciones para cumplir con la normativa de la factura electrónica obligatoria

Teniendo en cuenta la obligatoriedad para los próximos meses, puede ser muy recomendable para las empresas de Asturias hacer uso de las ayudas disponibles dentro de la iniciativa Kit Digital, ya que una de las partidas que se considera es subvencionar precisamente el despliegue de herramientas que cubran la facturación electrónica.

Para obtener más información sobre los bonos de Kit Digital puedes ponerte en contacto con FADE en la siguiente dirección: nuriac@fade.es

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